martes, 31 de julio de 2007

Publicada Nueva Providencia que establece Procedimiento Declarar y Enterar Retenciones de ISLR y el Régimen Especial de Facturación aplicable a las ac

En Gaceta Oficial Nº 38.736 del 31-07-2007, fue publicada la Providencia Nº 469, mediante la cual se establece el Procedimiento para la aplicación, declaración y enteramiento de las Retenciones de Impuesto sobre la Renta y el Régimen Especial de Facturación de las personas dedicadas a la explotación de actividades de Loterías.

Regula procedimiento para retener, declarar y enterar el ISRL aplicable sobre el monto del premio de lotería o ganancia, así como las formalidades y plazos. Se califica como agente de retención a la institución oficial o de beneficiencia (16% del premio), o el operador o comercializador (32%). Así mismo, contempla un esquema de centralización y transmisión electrónica de la información (Libros de Jugadas y Premiaciones). Igualmente, se fijan requisitos atinentes a la facturación (billetes, boletos y tickets); requisitos técnicos; y condiciones aplicables a fabricantes. Se establecen sanciones por incumplimiento. La verificación y fiscalización del impuesto correspondiente compete al SENIAT.

Vigencia y Derogatoria: La Providencia entró en vigencia el 01-08-2007 y con ella se deroga la Providencia Nº 0269 del 07-06-2007 (G.O. Nº 38.700 del 07-06-2007).