En Gaceta Oficial Nº 38.840 del 28-12-2007, fue publicada la Providencia Nº 0896, por la cual se dispone que los Sujetos Pasivos del impuesto establecido en la Ley de Impuesto a las Actividades de Juegos de Envite y Azar, deberán presentar las declaraciones del referido impuesto a través del Portal Fiscal.
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario