lunes, 9 de junio de 2008

Dictadas Normas sobre Obligación de Prestadores de Servicios Turísticos de llevar el Libro de Sugerencias y Reclamos

En Gaceta Oficial Nº 38.948 del 09 de junio de 2008, fue publicada la Resolución No. 026 emanada del Ministerio de Turismo, por la cual se fijan las Normas sobre el Libro de Sugerencias y Reclamos que los Prestadores de Servicios Turísticos están obligados a mantener en sus establecimientos y a disposición de los usuarios de sus servicios.

La Resolución impone a los Prestadores de Servicios Turísticos la obligación de mantener permanentemente en sus establecimientos y a disposición del público, el Libro de Sugerencias y Reclamos, a los fines que los usuarios puedan consignar sus recomendaciones y quejas sobre la calidad de los servicios prestados. Los Prestadores de Servicios Turísticos son responsables de la conservación del Libro y de su permanencia en el lugar exigido por esta normativa.
El Libro será elaborado por el Ministerio del P.P. del Turismo cumpliendo con las especificaciones que se indican en la Resolución y tendrá un costo de dos unidades tributarias (U.T.), el cual deberá ser cancelado al Instituto Nacional de Promoción y Capacitación Turística (INATUR).
El incumplimiento de las obligaciones previstas en la Resolución dará lugar a la apertura del procedimiento sancionatorio conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Turismo.
Esta Resolución deroga la Resolución Nº 37 de fecha 08-10-1997 (G.O. Nº 36.314 del 16-10-1997), y entró en vigencia con su publicación en Gaceta Oficial.

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